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Tras dejar la sede de la Prefectura de Lima, donde pasó diligencias por más de siete horas, el detenido en flagrancia por rebelión y conspiración fue llevado vía aérea a la Dirección de Operaciones Especiales de la capital, donde también estuvo recluido el ex presidente Ollanta Humala.

 

Pedro Castillo fue trasladado este miércoles por la noche a la sede de la Dirección de Operaciones Especiales (Diroes), una sede policial en el este de Lima, donde se encuentra recluido el ex mandatario Alberto Fujimori (1990-2000). Allí pasará las próximas 48 horas en compañía de Aníbal Torres, el jurista y ex presidente del Consejo de Ministros que asumirá su defensa técnica.

Detenido en flagrancia por rebelión y conspiración, Castillo fue llevado al Complejo Policial Comandante Juan E. Benites Luna, en el distrito del Rímac, desde la Prefectura de Lima, donde fue intervenido tras abandonar Palacio de Gobierno tras perpetrar un autogolpe.

Custodiado por agentes de la División de Investigación de delitos de Alta Complejidad (Diviac-PNP), en ese punto fue subido a un helicóptero que lo llevó hasta la Diroes, donde también estuvo recluido el ex presidente Ollanta Humala desde julio del 2017 hasta abril del 2018.

 

Según Canal N, Castillo iba esposado y en medio de un fuerte cordón de seguridad. Mientras era conducido a este establecimiento, un equipo del Ministerio Público, encabezado por la fiscal general, Patricia Benavides, y de la Policía Nacional, hacía su ingreso al Palacio de Gobierno, como parte de las diligencias preliminares contra Castillo por los presuntos delitos de rebelión y conspiración.

De igual forma, la Fiscalía llegó a los locales de algunos ministerios para recabar documentación que contribuya a la investigación abierta contra el ex jefe de Estado. En la víspera, el Ministerio Público confirmó que Castillo fue detenido por el delito de rebelión, el cual está regulado en el artículo 346 del Código Penal.

En el Título XVI del capítulo I del documento, referente a acciones que atentan contra el Estado y orden constitucional, se especifica que quien “se alza en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legalmente constituido o suprimir o modificar el régimen constitucional, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años, y expatriación”.

Alternativamente, la Fiscalía dispuso iniciar diligencias preliminares por la presunta comisión de conspiración, en agravio del Estado (Art. 349° del Código Penal), que dispone “pena privativa de libertad no mayor de la mitad del máximo de la señalada para el delito que se trataba de perpetrar”.

 

 

fuente: infobae

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