Las reformas referidas al sistema registral del automotor y los motovehículos están basadas en el régimen vigente donde ya se pedían únicamente cédula verde, licencia de conducir y patente.

El impacto que ha causado el DNU publicado en el Boletín Oficial este jueves ha cambiado también las exigencias que rigen para la circulación en la vía pública con un vehículo registrable. El artículo 361 detalla cual es la única documentación que se debe considerar obligatoria, pero que de todos modos no es causal de retención de un automóvil o motovehículo.

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