Lo hizo hoy lunes, mediante la publicación en el Boletín Oficial de los decretos 789, para el campo y la agroindustria, y 790, para las manufacturas. Entrarán en vigencia a partir del martes. Ahora esperan por las ventas para el ingreso de dólares.

El gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial, en las primeras horas de hoy los decretos 789 y 790, estableciendo las rebajas temporarias de retenciones a la exportación de bienes del sector manufacturero, del campo y de la agroindustria que había anunciado el jueves pasado con el objetivo de acelerar las ventas al exterior y aumentar así la oferta de dólares, en el contexto de las menguantes reservas del Banco Central y la incertidumbre en el mercado cambiario, reflejada en el aumento del precio del dólar blue y la inquietud de los ahorristas.

En los considerandos, el gobierno invocó las facultades del Ejecutivo en el marco de la ley 22.415 (Código Aduanero, norma sancionada en 1981 por la dictadura militar) para fijar y retocar los derechos de exportación (esto es, el porcentaje de retenciones) con objetivos como los de “asegurar el máximo posible de Valor Agregado en el país”, “ejecutar la política cambiaria o de comercio exterior”, “promover, proteger y conservar las actividades productivas nacionales”, “estabilizar los precios internos” y “atender las necesidades de las finanzas públicas”.

Los decretos invocaron también la ley 27.541 “de Solidaridad Social y Reactivación Productiva”, más conocida como “ley de Emergencia”, sancionada por el propio gobierno.

Las medidas, aclararon los decretos, entrarán en vigencia el día posterior a su publicación en el Boletín Oficial, esto es, a partir de mañana martes.

fuente: infobae

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