El titular del Juzgado del Trabajo de la Tercera Nominación, Guillermo Ernesto Kutter, dispuso una condena que aplica la perspectiva de género para un caso de despido sin causa.

El Magistrado condenó a un sanatorio privado a indemnizar a una mujer que había sido desvinculada de la empresa mientras estaba embarazada. Pero, además, en una decisión judicial novedosa, resolvió que las personas físicas que tienen a su cargo responsabilidades vinculadas al personal del Sanatorio demandado deberán asistir en forma obligatoria a una serie de capacitaciones sobre sensibilización en cuestiones de género, que estarán a cargo de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia.

De esta manera, el fallo innova en relación al alcance y naturaleza de la condena: además de establecer la indemnización característica en las causas laborales, obliga a la empresa a una sanción no pecuniaria, con la finalidad de que la parte demandada sea concientizada sobre la especial tutela jurídica de la mujer, y en especial, sobre la protección y respeto de la mujer en las relaciones laborales.

En un ámbito donde normalmente las resoluciones se circunscriben a la obligación de abonar sumas de dinero, el fallo en cuestión no sólo es novedoso porque fue dictado con perspectiva de género, sino también porque impone una obligación de hacer vinculada al respeto a la mujer por su condición de tal”, explica Kutter.

En este caso, añade, se ha impuesto la obligación de asistir a un taller de capacitación, con el fin de concientizar a la empleadora sobre la visión de género. De esta manera, el Juzgado avanza en un segundo fallo dictado en tal sentido: anteriormente, en una demanda sobre daños y perjuicios por una ofensa moral hacia una mujer a través de una red social, este mismo Magistrado había dictado una sentencia en la que imponía al demandado una retractación pública utilizando la misma vía.

La decisión judicial, según puntualiza el Magistrado, busca generar un claro impacto en el ámbito social, institucional y privado. “Desde el punto de vista social, el fallo se presenta como un avance más en la temática sobre concientización de género: pretende la concientización para evitar la violencia de género y mediante esta imposición, se busca responder a un reclamo social contra la violencia hacia las mujeres, en cualquiera de sus formas”, señala Kutter. Por otra parte, agrega, la decisión pretende contribuir para evitar la discriminación de la mujer en su calidad de tal, en el ámbito laboral.

La capacitación para las personas físicas que tienen a su cargo responsabilidades vinculadas al personal que se desempeña en el Sanatorio demandado, estará a cargo de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán; según se resuelve en el fallo. La asistencia ha sido establecida como obligatoria, bajo apercibimiento de imponer sanciones pecuniarias a favor de la parte actora, en caso de incumplimiento.

Comments

Comentarios