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Moratoria previsional ANSES: las claves del plan para jubilarse sin aportes

El Gobierno aprobó días atrás la reglamentación de la Ley. Cuáles son los puntos principales y qué necesitás saber para jubilarte sin aportes.

El Gobierno aprobó días atrás la reglamentación de la Ley Nº 27.705 que establece un plan de pago previsional para las personas que tienen la edad para acceder la jubilación pero no poseen 30 años de aportes, en el que determinan que para poder ingresar al mismo deben cumplir determinados parámetros de ingresos y bienes declarados, y que no podrán acceder a la compra de “dólar ahorro” o dólares bursátiles.

La normativa fue dispuesta mediante el Decreto 173/2023, publicado en el Boletín Oficial y, según informó hoy la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), ya se encuentran habilitados los turnos para realizar el trámite en las oficinas del organismo a través de su sitio web.

En base a lo que establece la reglamentación, la ANSES será la encargada de establecer los parámetros para el acceso a la moratoria, tomando en cuenta tanto la cantidad de meses necesarios como los aspectos patrimoniales y socioeconómicos del solicitante, y para ello tomará sus bases de datos con las suministradas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y otros organismos.

En ese sentido, se tomarán en cuenta los ingresos brutos anuales del solicitante y su manifestación patrimonial en sus declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, la Administración Nacional de Aviación Civil y las embarcaciones informadas por la Prefectura Naval Argentina.

También serán tenidos en cuenta los gastos efectuados con tarjetas de crédito y débito.

En el caso de exceder alguno de estos parámetros, ese podrá acceder a la moratoria pero en un solo pago, que no será deducible del haber previsional.

Por otro lado, en el caso de la moratoria para personas que no hayan llegado a la edad jubilatoria, la Anses deberá acreditar que tengan ingresos registrados con pautas que se establecerán eventualmente.

A todas estas condicionalidades, la reglamentación ratificó, en su artículo 2°, que las personas que quieran ingresar en la moratoria para personas en edad de jubilación, no podrán acceder al mercado de cambios para obtener dólares por un plazo de 12 meses a partir de la fecha de solicitud “conforme lo establezcan las normas aclaratorias y complementarias”.

Dicha medida ratifica la decisión de ayer del Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que definió que las personas que acceder tanto a la nueva moratoria como las que están cursando un plan de pagos para acceder a una jubilación no podrán acceder a la compra de dólar ahorro ni de dólar bursátil (MEP o CCL).

A partir de la ley, que fue aprobada el 28 de febrero pasado por la Cámara de Diputados, se estima que unas 800.000 personas que tienen la edad pero no los 30 años de aportes podrán acceder a una jubilación.

La votación contó con 134 votos en la Cámara de Diputados que fueron aportados por el Frente de Todos (FdT), el Interbloque Federal, Provincias Unidas, y la izquierda; mientras que el rechazo reunió 107 sufragios de Juntos por el Cambio (JxC), y las dos agrupaciones de derecha: La Libertad Avanza, que conduce Javier Milei, y Avanza la Libertad, del liberal José Luis Espert.

La media sanción en el Senado del 30 de junio pasado contó con 38 votos a favor del FdT, de sus aliados y de la senadora de Córdoba Federal, Alejandra Vigo; seis en contra y 18 abstenciones aportadas por el interbloque de JxC.

Los periodos a incluir en el plan comprenderán lapsos que sean anteriores a diciembre de 2008 inclusive, teniendo como requisito tener 18 años en el momento del periodo más antiguo que se declara como adeudado.

En la práctica, la nueva moratoria reemplaza a la de la Ley 26.970 que venció el 31 de diciembre pasado y que permitía regularizar aportes de mujeres hasta el 31 de diciembre de 2003 para mujeres.

En tanto, seguirá vigente la moratoria prevista por la Ley 24.476 para aportes realizados hasta el 30 de septiembre de 1993, con un plan de hasta 60 cuotas, al igual que la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM) -con una haber equivalente al 80% de la jubilación mínima- para personas mayores de 65 años que no cumplan con los requisitos de las moratorias.

En el caso de la Unidad de Pago del plan de pagos previsional, la vigencia de la misma -y su eventual prórroga- será determinada por el Poder Ejecutivo.

Para acceder, será necesario cumplir con la edad jubilatoria (60 años para mujeres y 65 para hombres) o que se llegue a la misma dentro del plazo de dos años desde la entrada en vigencia de la norma.

El valor de la Unidad de Pago, es decir, de cada mes de aporte que se quiera saldar, será equivalente al 29% de la base mínima imponible de la remuneración, que podrán cancelarse en un máximo de 120 cuotas mensuales.

La base mínima actual es de $ 19.758,21, por lo que las cuotas mínimas rondarán los $ 5.729,88 mensuales.

A su vez, las cuotas no podrán ser superiores al 30% de la jubilación mínima (de $58.665 actualmente), por lo que no excederán los $ 17.599.

El valor de las cuotas dependerá de la cantidad de años de aportes que falten acreditar, y se actualizará según los aumentos trimestrales previstos por la Ley de Movilidad.

Las mismas serán descontadas por Anses de manera directa del haber jubilatorio.

Por otro lado, la Unidad de Cancelación de Aportes está digerida a trabajadores en actividad que no cuenten con 30 años de aportes, pero que todavía no cumplieron con la edad jubilatoria, siendo requisito ser mayores de 50 años para mujeres y 55 para hombres.

A diferencia de la moratoria para aportantes en edad de jubilación, esta no tiene un plazo determinado para adherirse y permitirá cancelar aportes comprendidos hasta el 31 de marzo de 2012.

Este plan no permite la jubilación inmediata pero si habita a ir saldando aportes no cumplidos en su momento, para llegar a la edad de retiro en mejores condiciones para pedir la jubilación.

Ambos esquemas son incompatibles con cualquier otra prestación previsional contributiva o no contributiva (excepto las contributivas con montos menores a la jubilación mínima), además de los planes sociales de naturaleza sociolaboral.

En el caso de tener dicha incompatibilidad, el solicitante deberá dar de baja dicha prestación para acceder a la moratoria.

El trámite para ingresar al plan ya se encuentra disponible en www.anses.gob.ar.

“Estamos esperando a estos hombres y mujeres que durante tantos años hicieron un esfuerzo que queremos reconocer. Por eso nuestras más de 420 oficinas estarán abiertas para recibirlos e iniciar el camino hacia una nueva etapa de sus vidas”, señaló la directora ejecutiva de Anses, Fernanda Raverta en un comunicado.

 

 

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