La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recuerda que desde el próximo lunes será obligatorio el uso de factura electrónica para todas las categorías del monotributo.

Para poder emitir comprobantes electrónicos, los contribuyentes previamente deberán dar de alta un nuevo punto de venta, diferente al que utilizaban para facturar manualmente.

Esta gestión deben realizarla ingresando al sitio web del organismo, desde el servicio “Administración de puntos de venta y domicilios”. Luego, podrán facturar electrónicamente desde el sistema “Comprobantes en línea” o desde la App Facturador Móvil.

Cabe destacar que la AFIP incorporó de forma progresiva a las distintas categorías del Régimen Simplificado hasta sumar finalmente a la “A”.

Quedan exceptuados de la obligación aquellos contribuyentes que opten por emitir sus comprobantes mediante el uso de controladores fiscales. En ese caso, deberán solicitar previamente la habilitación del equipo.

Monotributista es aquella persona física que vende cosas muebles, locaciones y/o realiza prestaciones de servicios. O sea, personas que vendan cosas muebles, por ejemplo: alimentos, ropa, electrodomésticos, etc; las personas que presenten un servicio, por ejemplo: un médico, un abogado, un taxista; aquellos que presten servicios al exterior (exportación de servicios); las personas que realizan locaciones, por ejemplo: una persona que alquila un departamento; y las que realicen ejecuciones de obras, albañiles, maestros mayor de obra, etc.

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