El Tribunal rechazó, por 6 votos contra 5, un recurso de hábeas corpus que había presentado su defensa luego de que un tribunal en segunda instancia confirmara su condena a 12 años por corrupción.

En un país escindido en dos bloques irreconciliables, con elecciones en solo 7 meses que naufragan en la incertidumbre, la Corte Suprema sumó otro ingrediente: rechazó el habeas corpus presentado por los defensores de Luiz Inácio Lula da Silva, para evitar su prisión inmediata luego de su derrota en la segunda instancia por un tribunal de Porto Alegre. Así, el ex presidente queda más cerca de la cárcel.

Fue luego de una extensa sesión de más de 10 horas, que se definió pasada la medianoche, con el voto de la presidenta del Tribunal, luego de que las opiniones quedaran divididas en un empate de 5 votos a favor y 5 en contra del recurso presentado por Lula.

El fracaso del líder del PT no tiene que ver con “el fondo de la cuestión”. Según la mayoría de los magistrados del Supremo Tribunal Federal, lo que estuvo en discusión es si se mantenía o no la cláusula del STF, votada en 2016, sobre el encarcelamiento de un reo después de dos sentencias condenatorias.

Los que votaron contra el habeas corpus se ampararon en “la necesidad de mantener coherencia” en las resoluciones de la Corte. Tanto es así que el ministro Luis Barroso, uno de los que se pronunció contra el recurso, explicitó: “No leí la razón de la primera condena contra Lula en primera instancia (proferida por el juez Sergio Moro). Tampoco la de segunda instancia (el del tribunal de Porto Alegre)”. Con todo, rechazó el habeas corpus. Fueron consideraciones técnico-legales lo llevaron a este juez a quitar cualquier posibilidad de amparo del ex presidente del país, que pronto podrá ser enviado a una cárcel común.

Por las mismas razones esgrimidas por Barroso, los magistrados Gilmar Mendes, Ricardo Lewandowski y Marco Aurélio de Mello, estuvieron a favor de conceder el amparo a Lula. Para ellos, no hacerlo implicará atentar contra la “presunción de inocencia” que permite, por la Constitución brasileña de 1988, transitar el juicio en libertad. A las 19.30 todas las atenciones del Supremo Tribunal Federal miraron hacia la ministra Rosa Weber. Era la única que podía inclinar la balanza a favor de conceder el amparo a Lula. Pero en cuanto empezó a hablar fue visible que se expediría en contra del recurso. La razón esgrimida superó sus “opiniones personales” según dijo. Y se refugió en una consideración: “Soy la quinta en votar”, con lo cual dio a entender que faltaban todavía otros 6 jueces que podrían inclinar la balanza. Lo cierto es que ella optó por seguir la orientación de los ministros que la habían precedido y que denegaron el recurso en pro del ex mandatario.

Gilmar Mendes, el segundo en votar, y el primero en manifestarse a favor del recurso, propuso una solución intermedia: que se le diera a Lula la posibilidad de apelar la primera y segunda condena (de Moro y del tribunal de Porto Alegre) ante el Superior Tribunal de Justicia. Si en ese caso, la justicia optaba por volver a condenarlo, entonces podría ser preso. El juez recordó, también, que era lógico permitir la prisión después de sentencia de segundo grado para casos en los que cabe la prisión preventiva “como son los de violación del orden público”. Pero indicó que no es esa la situación del ex presidente Lula da Silva.

En apariencia, no fue el ex mandatario el eje de la polémica en la Corte. Esta versó sobre la norma de la Constitución que reconoce el derecho de las personas de apelar a las sentencias en libertad, la famosa “presunción de inocencia”. Y tal vez por eso, el debate se mostró “más técnico que político”. Y aun bajo la faz técnica, la no concesión del habeas corpus fue cuestionada por adversarios del propio Lula. Es el caso del ex diputado constituyente José Ignacio, del Partido Socialdemócrata de Brasil (PSDB). No tuvo dudas en calificar: “La decisión (de prisión después de la segunda instancia) confronta la Constitución. No hay duda de eso”.

Fue él precisamente quien, en 1988, elaboró la cláusula de la libertad para un condenado hasta que se terminaran las apelaciones y los fallos respecto de estas. El mismo explicó las razones al diario Valor Económico: “En aquella época nadie imaginaba que podría ocurrir lo que sucede hoy. La idea era permitir un recurso hasta la última instancia. Hay que entender que en aquel momento acabábamos de salir de la dictadura con el sistema militar atrás nuestro. Estábamos construyendo una vida nueva”. Treinta años después, detrás de esta medida de la Corte Suprema, sigue vigente lo político. A Lula se lo acusó por corrupción y lavado de dinero en un departamento que no es suyo, que no tienen elementos probatorios respecto del caso, y que además de todo el juez Moro envió al remate público. Como dijo el ex presidente: “Si es mío ¿por qué no me lo devuelven?”.

Polémicas declaraciones del jefe del Ejército

Lo peor, tal vez, es que este miércoles se reprodujo una antigua situación: la posibilidad de un eventual golpe militar. Fue apenas insinuado, pero nada menos que por el comandante del Ejército, el general Eduardo Villas Boas.

Como si la historia pasada no contara, el jefe militar sostuvo en Twitter que los “deseos de todos los ciudadanos de bien es el repudio a la impunidad” (que sería el caso de dar el habeas corpus al ex mandatario). Y agregó: “Nuestra institución continuará atenta a sus misiones institucionales”. A buen entendedor, hacen falta tan solo unas pocas palabras.

Para el presidente de la Orden de Abogados de Brasil (OAB), Claudio Lamachia, “el respeto a las decisiones de la Corte es la condición esencial para la democracia en el país, independientemente de los vencedores y de los vencidos”. Amnistía Internacional emitió una nota donde calificó la declaración del jefe del Ejército como “una grave afronta a la independencia de los poderes, al debido proceso legal y a la amenaza al estado democrático de derecho”. Evaluó, también, que la declaración de Villas Boas “sugiere un desvío del papel de las Fuerzas Armadas”. No se puede desconocer el impacto de ambos comentarios. Sobre todo en el marco de lo que fue la decisión de la Corte Suprema brasileña. Para el constitucionalista Daniel Burg, no se trata ya de si Lula será o no detenido. “Mucho más importante es al eficacia y validad del texto constitucional, que en su artículo 5º garantiza el principio de la presunción de inocencia. Si el artículo es causa de impunidad, entonces debe ser alterado, pero luego de realizarse todos los trámites legales correspondientes (en el Parlamento). Pero jamás puede ser ignorado”.

fuente: clarín

Comments

Comentarios