El Gobierno indicó que debido a “las circunstancias macroeconómicas”, un ajuste podría “generar efectos adversos” en el consumo y la actividad económica. La medida fue comunicada mediante una resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

El Gobierno oficializó una decisión que ya había anticipado en la primera mitad del año: la de postergar para enero de 2020 el aumento en las tarifas de gas previsto para octubre. La medida fue comunicada mediante la Resolución 521/2019, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

De acuerdo al cronograma tarifario establecido, los incrementos en el costo de este servicio debían aplicarse en abril y octubre.

El primero fue implementado de manera escalonada a lo largo de tres meses (10% en abril, 9 en mayo y 8 en junio), pero ante la situación de volatilidad económica que atravesó el país en marzo y abril, el Gobierno decidió postergar el nuevo aumento. La resolución del miércoles, que llega en un nuevo escenario de crisis, oficializa esa decisión.

“Que en caso de emitirse los correspondientes cuadros tarifarios a partir de octubre del corriente año, en las actuales circunstancias macroeconómicas, podrían generarse efectos adversos en materia de reactivación del consumo y de la actividad económica en general”, indica la resolución que lleva la firma del secretario de Energía, Gustavo Lopetegui.

Y agrega: “Ello hace aconsejable el diferimiento, para el 1° de enero de 2020, del ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución que comprenderá las variaciones operadas desde el 1º de octubre de 2019 hasta la emisión de los respectivos cuadros tarifarios”.

El documento aclara que, no obstante la decisión, el Gobierno “se encuentra llevando adelante un programa de convergencia fiscal” y que por ende no se encuentra en condiciones de absorber el costo que implica el diferimiento.

Por ello, para lograr el objetivo, decidió habilitar a las empresas licenciatarias de transporte y distribución de gas a “readecuar sus obligaciones, esencialmente aquellas que impliquen inversiones obligatorias a su cargo, sin que ello afecte en modo alguno sus obligaciones frente a los usuarios abastecidos”.

“Que, en tal sentido, corresponde que el Enargas evalúe y autorice las modificaciones que propongan las prestadoras respecto de los programas de inversiones obligatorias comprometidas, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa y los montos de inversión”, explica la Resolución. Las empresas tendrán 30 días para presentar sus propuestas al ente regulador para su evaluación y autorización.

En tanto, respecto de las subdistribuidoras de gas por redes y las tarifas de gas propano indiluido, el documento establece su “eventual compensación, derivada del diferimiento del ajuste tarifario, teniendo en cuenta que no cuentan con un plan de inversiones obligatorias en curso”.

El Gobierno destacó a su vez que la medida se suma a otras implementadas a lo largo del año para mitigar el costo que las tarifas tienen para los usuarios residenciales: el escalonamiento del incremento de abril y la decisión de diferir el pago del 22% de la tarifa durante los meses de invierno -de mayor consumo- para su compensación en los de verano, donde el uso del servicio cae drásticamente.

fuente. infobae

Comments

Comentarios