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Por Fabián Seidán de Diario Cuarto Poder / Cualquier neófito, sin ser abogado o parte de la Justicia, se podría estar haciendo la misma pregunta, luego de ver dos fallos de la Cámara Penal Conclusional de Tucumán, donde se condenan a imputados en dos debates distintos: a un violador le dieron 12 años de cárcel y a un asesino reincidente sólo 4 años. ¿Cuáles serían los parámetros de la gravedad?

Homicidio “culposo”

En el marco del Expediente N° 2607/2018, la Sala Penal Conclusional Nº 1 integrado por María Fernanda Bahler -presidenta– Wendy Adela Kassar y Cardozo Raúl Armando, condenó a Daniel Masmut a la pena de 4 años de prisión por considerarlo autor del delito de homicidio culposo, en perjuicio de Raúl Eduardo Zelaya. El hecho por lo que fue condenado ocurrió en enero de 2018. El condenado era reincidente ya que se encontraba condenado en otra causa.

De acuerdo a datos periodísticos, Zelaya de 39 años de edad, ingresó cerca de las 20 al Hospital Padilla con una herida de arma de fuego en su pierna. Su estado era muy delicado y pese al esfuerzo de los médicos terminó perdiendo la vida. El autor del disparo, según señalaron vecinos que no quisieron identificarse por temor a represalias, era Masmut, un peligroso “transa”.

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Noticia del asesinato cometido por Masmut en 2018. Se observa en la nota de que era un peligroso delincuente.

Abuso sexual agravado

Asimismo, el mismo día, y en el marco de un expediente con datos reservados (por resultar víctima una menor), la Sala integrado por Wendy Adela Kassar -presidenta- María Fernanda Bahler y Cardozo Raúl Armando, condenó a un hombre a la pena de 12 años de prisión por considerarlo autor responsable de los delitos de abuso sexual agravado con acceso carnal reiterado, agravado por el vínculo, hechos ocurridos entre 2017 y 2018.

Surge así las preguntas entonces de ¿cuánto vale una vida? y ¿si matar resulta “tan barato” en cuestión de penalización?, ya que 4 años de cárcel para un asesinato, parece medio poco. ¿Y por qué culposo?

No hay que entrar en sugestividades ni pensar que hay gato encerrado en todo esto, pero lo cierto es que algo no estaría funcionando bien en la Justicia a la hora de computar penas o pensar en castigos a autores de delitos tan aberrantes, porque tanto un violador, como un asesino o un femicida, merecen ir a la cárcel por largo tiempo.

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Integrantes de la Cámara Penal Conclusional de Tucumán.

¿A caso vale tan poco la vida de la gente?

Tal vez para un juez, un tribunal y los defensores de los criminales, matar a alguien no sea tan desviado, pero para la familia de la víctima, fallar mal es “matarlos dos veces”.

No se tiene en cuenta el daño económico, moral y psicológico de la familia de la víctima que busca Justicia. Cuatro años para un asesino, alguien que quitó la vida a otra persona deliberadamente, debería tener un castigo mayor, no sólo porque cuando se mata a alguien (ya sea durante un robo, una trifulca, un encargo  o una venganza) los responsables lo hicieron a sabiendas del daño que cometían.

Distinto es el caso cuando alguien mata por accidente, de tránsito por ejemplo, o por negligencia, impericia o imprudencia, como el caso del Sanatorio Luz Médica, donde murieron seis personas entre personal de la clínica y pacientes, por una bacteria suelta en el edificio. Pero allí, igual alguien -algún responsable-, también debería tener una condena, ya que ninguna muerte debe ser gratis.

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Momentos en que Sabag Montiel apunta contra la humanidad de la vicepresidenta de la Nación.

Intento de matar a la vicepresidenta

El pasado 2 del corriente mes, un sujeto fue detenido luego de intentar disparar con una pistola a la vicepresidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, cuando ésta se acercaba a saludar a la militancia que la aguardaba frente a su domicilio en el barrio de Recoleta. Fernando Sabag Montiel apretó el gatillo de su revólver Bersa calibre 32 mientras apuntaba a la cabeza de la vicepresidenta, por lo que fue acusado de tentativa de homicidio agravado.

De acuerdo a la Justicia, si actuó solo, la pena que le cabría sería distinta a la que le correspondería si se comprueba que formó parte de una organización (la banda de los copitos) que buscaba asesinar a la vicepresidenta.

De acuerdo al Código Penal, si la pena fuere de reclusión perpetua, la pena de la tentativa será reclusión de 15 a 20 años de encierro.

Si la pena fuese de prisión perpetua, la de tentativa será prisión de 10 a 15 años. De acuerdo a cada caso, el homicidio puede ser castigado con prisión o reclusión.

Pero volviendo al tema de las penas: ¿un intento de asesinato es más grave que un asesinato? ¿O importa aquí quién es la víctima, la posible víctima o el victimario?

Para la Justicia ¿hay personas que valen más que otras o todos somos iguales ante la ley?

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La escena fue de terror. Dos motochorros armados con pistolas, asaltaron a una familia en Tucumán.

Delincuentes comunes vs magnicidas

Si un motochorro mata a alguien durante un robo ¿por cuánto tiempo lo mantendrán encerrado? Y si no mató, pero amenazó a la víctima disparar con una pistola ¿no sería también intento de asesinato? Por lo que la pena debería ser igual a la que se pide por Sabag Montiel.

No es el valor de una vida económicamente hablando o de cuánto vale una vida para la Justicia a la hora de ponerle “un valor indemnizatorio” como pago por una persona que murió en un incidente, porque cualquier valor que se ponga será sólo “reparatorio”, nada más que eso, porque  la muerte de un ser querido no tiene precio.

El valor de la vida, en principio, es igual para todos. Nada importa en cuanto a la determinación del valor vida o si la víctima era el gerente de una empresa o el último empleado de una fábrica; tampoco si era joven, mujer o anciano. La Justicia debería ser más ecuánime a la hora de fallar, para que ese fallo no sea una “falla” frente a la sociedad.

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